Ministra Esquivel Mossa plantea precisar conducta de ciberacoso

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, planteó que la conducta delictiva del ciberacoso debe ser definida con claridad en los códigos penales de los estados, por tratarse de un acto reprobable que se incrementa con la evolución de los medios digitales.

El Pleno de la Corte discutió en la sesión de este lunes la acción de inconstitucionalidad 304/2020, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), demandando la invalidez del artículo 390 Ter, párrafos primero y segundo del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.

En dicho artículo se prevén penas para quien hostigue o amenace por medio de las tecnologías de la información y comunicación, como son las redes sociales, y cause un daño en la dignidad personal, o afecte la paz, la tranquilidad o la seguridad de las personas, mediante el envío de mensajes de texto, videos, impresiones gráficas, sonoras o fotografías”, explicó la SCJN.

En su participación, la ministra Esquivel Mossa explicó que es indispensable que se legisle con toda precisión sobre esta conducta, ya que datos del Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) del INEGI 2021, indicaron que el 30 por ciento de las mujeres y el 25 por ciento de los hombres de doce años o más, han sufrido de este tipo de conductas, en algún momento de su vida.

Siete integrantes del Pleno de Ministro se pronunciaron en el sentido de que la disposición es sobreinclusiva y contraria al principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, conforme la cual, las normas deben ser lo suficientemente claras y precisas como para que las comprendan sus destinatarios y se evite la arbitrariedad por parte de la autoridad.

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